Por // Mario José
Fueron atrapados en flagrante delito en la avenida España cuando realizaban una conexión ilegal para un comercio
Santo Domingo Este, 22-03-09.- El Primer Juzgado de
Las medidas se dictaron por violación a los artículos 379 y 401 del Código Penal dominicano, así como al artículo 125, literal E de
Mediante
Ambos imputados fueron sorprendidos en flagrante delito por miembros de la gerencia del Departamento de Investigación de
Se le incautaron dos escaleras (una de aluminio y otra de madera), una pinza de corte y destornillador plano.
Se trata de los primeros casos que son introducidos a la justicia mediante el nuevo esquema establecido con la modificación de
El artículo 125 y sus literales a, b, c, d y e establecen: Será acusado de fraude eléctrico, el que intencionalmente sustraiga, o se apropie de energía eléctrica, para su propio beneficio o el de terceros, mediante uno cualquiera de los siguientes medios:
a) Manipulación, instalación o manejo clandestino de medidores y/o
acometidas, y cualquier otro elemento material de la red de distribución;
b) Manipulación y alteración de los elementos eléctricos, magnéticos o electromagnéticos y/o programas informáticos o redes de comunicación interconectadas al sistema de medición del consumo, con el objeto de modificar los registros de consumo de electricidad tanto el cliente como el distribuidor;
c) Conexión directa al sistema de suministro de energía eléctrica, sin que haya un contrato previo de servicio con la empresa distribuidora, salvo falta imputable a la distribuidora;
d) Se considera como fraude eléctrico la facturación de energía
eléctrica no servida y cobrada al consumidor de manera intencional;
e)